RESOLUCIÓN Nº 110-2019 -H.C.D.-
Fija los montos de los viáticos a reconocer en las comisiones de
servicios de la Cámara de Diputados a las localidades de La Adela y 25 de Mayo
Estado de la norma: VIGENTE.-
Dictado el 18-12-2019.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
VISTO:
La
Resolución Nº 093/15-PCD; y,
CONSIDERANDO:
Que, por
artículo 2º de dicha Resolución, se establece que cuando el destino de las
comisiones de servicio sean las localidades de La Adela o 25 de Mayo, el valor
de los viáticos será el fijado para las comisiones fuera de la provincia de La
Pampa;
Que, los
argumentos se basan en los altos costos de hospedaje y demás servicios
vinculados, los cuales tornan insuficiente el emolumento percibido por los
comisionados;
Que, según
el artículo 4º de la Resolución precitada, su vigencia es hasta el 10 de
diciembre de 2019 o hasta la fecha en que se modifíque la situación de las
localidades mencionadas;
Que, el
acompañamiento o traslado a las autoridades electas a actos protocolares
generalmente genera un regreso a altas horas de la madrugada, con lo cual, se
considera necesario adecuar el valor de la comisión de servicio, cuando esté
razonablemente justificado;
Que, el
mandato de ésta gestión concluye el 10 de diciembre de 2023 y, por lo tanto, no
debe condicionarse al sucesor/a del cargo con medidas de esta naturaleza;
POR ELLO:
LA PRESIDENTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Derogase la Resolución Nº 093/15-PCD.-
Artículo 2º.- Establézcase que, cuando el
destino final de las comisiones de servicios sean las localidades de La Adela o
25 de Mayo, el valor de los viáticos, será el fijado para las comisiones fuera
de La Pampa.
Artículo 3º.- Facúltese al señor Secretario
Administrativo a fijar, cuando razones así lo justifiquen, como día completo
dentro de la provincia el valor de la comisión de servicios realizada por
integrantes de la custodia personal o agentes de esta Cámara, acompañando o
trasladando a autoridades a actos protocolares.
Artículo 4º.- La presente Resolución tendrá
vigencia hasta el 10 de diciembre d e2023 o hasta la fecha en que se modifique
la situación en las localidades mencionadas en el artículo 2º, para las comisiones
realizadas por éste artículo.
Artículo 5º.- La presente Resolución será
refrendada por el Señor Secretario Administrativo de esta Cámara de Diputados.
Artículo 6º.- Regístrese y comuníquese. Pase a
las Secretarías Administrativa, Legislativa y Prosecretaria. Tomen conocimienot
Dirección General de Administración, Intendencia de Cámara y Departamento
Contable Financiero, archívese.
Firmantes: Dr. Mariano Alberto Fernandez -
Vicegobernador de La Pampa - Presidente Cámara de Diputados de la Provincia de
La Pampa. C.P.N. Jorge R. Dlouky -
Secretario Administrativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa